jueves, 19 de febrero de 2015

Incalculables son los valores de los bienes incautados



Incalculables son los bienes inmuebles, cuentas bancarias y sociedades mercantiles retenidos en el país, por la Oficina Administradora de Bienes Incautados (OABI), quien deberá manejar con transparencia los procesos de subasta y venta de los valores.

Vehículos, casas, haciendas, empresas, armas, proyectiles, droga, yates, apartamentos, lujosas mansiones, aeronaves, ganado, aves, caballos y millones de lempiras y dólares han sido incautados y decomisados a narcotraficantes, ex funcionarios públicos y testaferros.

Con leyes como la Ley de Privación de Dominios de Bienes de Origen Ilícito, Ley Contra El Delito de Lavado de Activos; y con la acción de la Dirección de Lucha Contra el Narcotráfico (DLCN) y la Fuerza de Seguridad Institucional (FUSINA), se ha logrado dar un duro golpe a las estructuras del narcotráfico y de malversación de caudales públicos.

  Con apoyo de los Estados Unidos, Las autoridades hondureñas han hecho operaciones contra el narcotráfico, las cuales, han dejado como resultado no solo bienes incautados, sino también la captura y extradición de las cabezas de estas organizaciones delictivas.

 Ahora, qué procede con los bienes que han sido incautados

Hasta la fecha, los bienes incautados en el desfalco del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), y los provenientes del narcotráfico y el lavado de activos, están valorados en aproximadamente dos mil millones de Lempiras.

La Ley de privación de Dominio en su reforma del artículo 78, permite que cualquier bien que ha sido incautado por la adquisición ilícita o actos de corrupción, sea vendido y el dinero que se recaude debe ser devuelto a sus víctimas.

 Como propuesta de los ciudadanos, los fondos recaudados se deberían de utilizar en mejorar la infraestructura, equipar a los hospitales, mejorar la calidad de la educación de las ciudades donde han sido incautados, equipar a la policía, etcétera.

Pero, la realidad es que existe un proceso que debe ser llevado a cabo antes de poner en venta o en subasta dichos bienes. La incautación es una medida cautelar, para que los bienes no sean utilizados en actividades delictivas, y no pueden ser decomisados hasta que la culpabilidad de los imputados sea probada, aclara el Ingeniero Fernando Ferrera.


Según el ingeniero Ferrera, la Tesorería General de la República a través del Tribunal Superior de Cuentas (TSE) debería regular y dar cuentas a la población sobre los procedimientos que se llevan a cabo después de que un bien es decomisado.

No hay comentarios:

Publicar un comentario